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  • RNDC Colombia: guía completa para el Registro Nacional de despacho de carga

RNDC Colombia: guía completa para el Registro Nacional de despacho de carga

En el competitivo sector del transporte en Colombia, el cumplimiento normativo y la eficiencia operativa son dos caras de la misma moneda. Para las empresas de logística, generadores de carga y transportistas, el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) ha dejado de ser un trámite administrativo para convertirse en una herramienta clave de trazabilidad y cumplimiento en las carreteras del país.

A través de nuestra experiencia acompañando a cientos de flotas con nuestra plataforma profesional de gestión, en Zonar hemos identificado que, en la práctica, el problema no es que las empresas no registren en el RNDC, sino que lo hacen tarde, incompleto o con inconsistencias frente a lo que realmente ocurre en la operación.

En esta guía completa te contaremos cómo puedes optimizar este proceso, evitar sanciones, entender la normativa vigente y descubrir cómo la integración tecnológica está transformando la manera en que las flotas colombianas gestionan su información. Aquí te explicamos lo que debes tener en cuenta.

Sobre el marco normativo vigente del RNDC

Para operar con tranquilidad y proyectar confianza a sus clientes, es fundamental entender las reglas del juego. El RNDC está regulado por el Ministerio de Transporte de Colombia, que define su uso como obligatorio para el registro de operaciones de transporte de carga.

El marco que regula este registro incluye directrices clave:

  • Resoluciones que establecen el uso del RNDC para registrar despachos.
  • Normas que regulan el manifiesto electrónico de carga.
  • Lineamientos para el reporte de tiempos logísticos.
  • Integración con procesos de control y fiscalización.

Ignorar estas directrices o llevar un registro deficiente tiene repercusiones severas. El incumplimiento puede generar sanciones administrativas. Además, las empresas se exponen a multas económicas. En el ámbito de la calidad, esto se traduce en observaciones en auditorías. Finalmente, a nivel de ejecución, puede provocar restricciones operativas.

En los últimos años, también se ha fortalecido el control sobre los tiempos logísticos y la exigencia de trazabilidad operativa. Todo esto impulsado por la digitalización del transporte. Por lo tanto, el RNDC ya no es solo un sistema de registro, es un mecanismo de control del sector.

Errores frecuentes que desangran la operación

Muchos directivos de flotas asumen que tener un equipo digitando datos es suficiente. Sin embargo, la realidad demuestra que los fallos humanos y los procesos reactivos crean un abismo entre la oficina y la carretera. En muchos casos, el RNDC termina reflejando una “operación teórica” que no coincide con lo que realmente pasó en carretera.

Nuestros consultores especializados en Zonar han detectado que los errores más frecuentes son:

  • Desfase entre operación real y registro: tiempos de cargue y descargue que no coinciden con la realidad.
  • Información incompleta del conductor o vehículo: licencias vencidas, placas mal digitadas o datos no actualizados.
  • Errores en origen/destino: mala selección de municipios o puntos logísticos.
  • Registro tardío del despacho: se reporta después de iniciado o incluso finalizado el viaje.
  • Duplicidad de registros o inconsistencias entre documentos.
  • Falta de actualización de estados del viaje.

Las consecuencias de estos errores son relevantes tanto operativa como legalmente. A nivel interno, se sufre una pérdida de trazabilidad real del servicio. En el sistema, se evidencian rechazos en la plataforma o inconsistencias en auditorías. 

Cuando intervienen las autoridades, hay dificultades para responder ante inspecciones o requerimientos. Esto conlleva un riesgo de sanciones por incumplimiento. A nivel comercial, se traduce en pérdida de confianza con generadores de carga.

El proceso paso a paso para un registro impecable

El flujo correcto para registrar un despacho en el RNDC parte de tener toda la información estructurada antes de iniciar. La improvisación es el peor enemigo del cumplimiento normativo en cualquier proceso logístico de transporte.

Para garantizar un proceso fluido, la información que debe estar lista incluye:

  • Datos del vehículo (placa, tipo, configuración).
  • Datos del conductor (identificación, licencia vigente).
  • Información de la empresa transportadora.
  • Datos del generador de carga.
  • Información de la carga (tipo, peso, origen, destino).
  • Condiciones del viaje (fechas, tiempos estimados).

El flujo general de registro

Una vez recopilada la información, el equipo encargado debe seguir este estándar:

  1. Creación del registro del despacho.
  2. Asociación del vehículo y conductor.
  3. Registro del origen y destino.
  4. Ingreso de datos de la carga.
  5. Validación de la información.
  6. Generación del manifiesto electrónico.
  7. Actualización de estados (cargue, tránsito, descargue).

A pesar de tener un proceso definido, existen campos que suelen generar errores. Se debe prestar especial atención a la codificación de municipios o ubicaciones. Los tiempos logísticos (hora exacta de llegada/salida) son críticos. 

También hay que revisar meticulosamente los datos del conductor (especialmente vigencias). El tipo de vehículo o configuración debe ser exacto. Finalmente, no se debe fallar en el peso o características de la carga.

Como afirman nuestros especialistas: el problema no es el sistema en sí, sino la calidad y consistencia de la información que se ingresa.

La revolución de integrar el RNDC con tecnología GPS

El verdadero salto de calidad en la gestión de flotas ocurre cuando se deja de depender exclusivamente de la digitación manual. El RNDC y el GPS no son sistemas separados, sino complementarios.

El RNDC registra lo que la empresa declara. El GPS muestra lo que realmente ocurre. Por ello, implementar un sistema profesional de rastreo satelital de carga pesada respaldado por Zonar es fundamental. Cuando ambos están alineados, se logra una validación automática de tiempos logísticos. 

Permite la verificación de rutas y el cumplimiento, proporciona evidencia objetiva ante auditorías y ayuda a reducir errores manuales.

En operaciones maduras, el GPS permite:

  • Confirmar automáticamente llegada a geocercas de cargue/descargue.
  • Validar tiempos reales de permanencia.
  • Detectar desvíos frente a lo declarado.
  • Generar alertas que anticipan inconsistencias en el RNDC.

Con tecnología adecuada, sí es posible agilizar el proceso. Algunas empresas integran geocercas para validar eventos logísticos. Utilizan telemetría para registrar tiempos reales. También aprovechan plataformas de gestión para precargar información del despacho. El objetivo no es reemplazar el RNDC, sino alimentarlo con datos más confiables y reducir la carga manual.

5. Experiencia sectorial: el impacto varía según tu rol en la cadena

El impacto del cumplimiento del RNDC varía según el tipo de actor. No es lo mismo el desafío para quien posee la tractomula que para quien genera la mercancía.

Empresa transportista mediana:

  • Depende directamente de cumplir para operar.
  • Tiene un riesgo alto de sanciones si hay inconsistencias.
  • Cuenta con menor capacidad administrativa para corregir errores.
  • Sufre un impacto inmediato en el flujo operativo.

Generador de carga grande:

  • Exige cumplimiento como requisito contractual.
  • Utiliza el RNDC como mecanismo de control.
  • Puede trasladar responsabilidad al transportista.
  • Afronta un impacto en reputación y control de proveedores.

El riesgo principal para ambos es diferente. El transportista arriesga operación y sanción directa. El generador arriesga control, trazabilidad y cumplimiento contractual. Sin embargo, la conclusión es universal: hoy en día, el cumplimiento del RNDCse ha convertido en un requisito básico para operar con trazabilidad y confianza.

Construyendo una operación inteligente

Para que el RNDC no se convierta en una carga administrativa, las empresas deben estructurar procesos internos claros. Optimizar estos pasos tiene un efecto dominó positivo que incluso ayuda a reducir los costos de transporte al evitar multas, reprocesos y tiempos muertos.

Recomendaciones clave a nivel operativo:

  • Centralizar la información antes del registro.
  • Estandarizar formatos de captura de datos.
  • Registrar en tiempo real, no de forma retroactiva.
  • Validar datos críticos antes de enviar.
  • Asignar responsables claros del proceso.
  • Capacitar continuamente al equipo operativo.

Recomendaciones a nivel tecnológico:

  • Uso de GPS para validar tiempos y ubicaciones.
  • Uso de plataformas que integren operación y registro.
  • Automatización de campos repetitivos.
  • Uso de geocercas para validar eventos.

La clave está en pasar de un proceso manual reactivo a uno estructurado y apoyado en tecnología.

De la incertidumbre al control total

La teoría cobra sentido cuando vemos resultados tangibles. En operaciones reales en Colombia, muchas empresas pasan de tener un RNDC desordenado a un proceso estructurado con mejoras claras.

Tomemos un caso típico de una empresa que registraba despachos de forma tardía. Esta compañía tenía inconsistencias en tiempos. Su mayor debilidad era que dependía de procesos manuales.

Al implementar una rutina estructurada apoyada en GPS, la empresa puede registrar información en tiempo real, validar eventos logísticos, reducir errores en el sistema y facilitar los procesos de auditoría. Y por supuesto, todo esto conlleva una mejora en la relación con clientes.

El cambio principal es cultural y operativo: pasar de “cumplir por obligación” a gestionar la operación con base en datos confiables.

8. El futuro del RNDC y la digitalización del transporte

Mirando hacia el horizonte, el transporte de carga en Colombia está avanzando hacia un modelo cada vez más digital, donde la trazabilidad es el eje central. Las empresas que no adapten sus procesos de gestión de flotas quedarán rezagadas ante la exigencia del mercado y las autoridades.

El RNDC seguirá evolucionando hacia una mayor integración con sistemas de monitoreo de flota; se espera una validación automática de información, impulsará la reducción de procesos manuales y facilitará un mayor control en tiempo real.

En este contexto, tecnologías como GPS, telemetría y plataformas de gestión jugarán un papel clave. El GPS validará lo que ocurre en carretera. La telemetría aportará contexto operativo. Los sistemas integrados permitirán automatizar procesos.

El futuro no es tener múltiples sistemas aislados, sino un ecosistema donde la operación, el monitoreo y el cumplimiento normativo estén completamente conectados.


Preguntas frecuentes sobre el RNDC en Colombia

¿Qué es exactamente el RNDC en Colombia? 

El RNDC está regulado por el Ministerio de Transporte de Colombia, que define su uso como obligatorio para el registro de operaciones de transporte de carga. Es la plataforma digital donde se centraliza la información sobre manifiestos electrónicos, tiempos logísticos y datos de trazabilidad del sector.

¿Cuáles son las consecuencias de no registrar los viajes en el RNDC? 

El incumplimiento puede generar sanciones administrativas. Además, las flotas se arriesgan a multas económicas. También acarrea observaciones en auditorías y, en casos graves, restricciones operativas.

¿Cómo ayuda un sistema GPS al cumplimiento del RNDC? 

El RNDC y el GPS no son sistemas separados, sino complementarios. El GPS muestra lo que realmente ocurre, permitiendo la validación automática de tiempos logísticos, verificando rutas y aportando evidencia objetiva ante auditorías mediante geocercas y telemetría.

¿Qué datos necesito tener listos antes de registrar un despacho? 

Se requiere información del vehículo (placa, tipo, configuración), del conductor (identificación, licencia), de la empresa transportadora, del generador de carga, de la carga (peso, origen, destino) y las condiciones del viaje (fechas y tiempos).

¿A quién afecta más el incumplimiento: al transportista o al generador de carga? 

El riesgo principal para ambos es diferente. El transportista arriesga operación y sanción directa. Por su parte, el generador arriesga control, trazabilidad y cumplimiento contractual.

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El tratamiento de la información se realizará conforme al derecho fundamental al Habeas Data, a la Constitución Política de Colombia y a lo dispuesto en las Leyes Estatutarias 1266 de 2008 y 1581 de 2012.

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Política de Protección de Datos Personales

OBJETIVO DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO

TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA., (En adelante “TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”, o la “Compañía”), comprometida con la seguridad de la información personal de sus usuarios, clientes, proveedores, contratistas, empleados y público en general y con la finalidad de dar estricto cumplimiento a la normatividad vigente sobre la protección de Datos Personales, en especial por lo establecido en la Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013 y en las demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o complementen, se permite presentar las Políticas de Tratamiento en materia de protección de Datos Personales (en adelante la “Política”) de la Compañía, en relación con la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de los mismos, en virtud de la autorización que sea otorgada por los Titulares de la información.

En esta Política, la Compañía detalla I) los lineamientos corporativos generales que se tienen en cuenta a efectos de proteger los Datos Personales de los Titulares, II) la finalidad de la recolección de la información, III) los derechos de los Titulares, IV) el área responsable de atender las quejas y reclamos, y V) los procedimientos que debe agotar el Titular para conocer, actualizar, rectificar y suprimir la información objeto de tratamiento.

La Compañía, en cumplimiento del derecho constitucional al Habeas Data, sólo recolecta Datos Personales, cuando así haya sido autorizado previamente por su Titular, implementando para tal efecto, medidas claras sobre confidencialidad y privacidad de los Datos Personales.

DEFINICIONES PARA EFECTOS DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO

Para efectos de la presente Política, se tendrán en cuenta las definiciones que se esbozan a continuación:

  1. Titular: Persona natural o jurídica cuyos Datos Personales sean objeto de Tratamiento.
  2. Responsable o Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos. En este caso la Compañía.
  3. Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
  4. Dato Público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales.
  5. Dato Sensible: Aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.
  6. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
  7. Políticas de Tratamiento en materia de protección de Datos Personales: Se refiere al presente documento.
PRINCIPIOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1581 de 2012, los principios que rigen el Tratamiento de los Datos Personales son:

  1. Principio de legalidad en materia de Tratamiento de Datos: El Tratamiento a que se refiere la Ley 1581 es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen, así como a lo dispuesto en la presente Política.
  2. Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a las finalidades legítimas que se consagran en esta Política, la cual debe ser informada al Titular.
  3. Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los Datos Personales no serán obtenidos o divulgados sin previa autorización, salvo que exista mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
  4. Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
  5. Principio de transparencia: En el Tratamiento se garantizará el derecho del Titular a obtener del Responsable o del Encargado, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
  6. Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento estará sujeto a los límites que se derivan de la naturaleza de los Datos Personales. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la Ley.
  7. Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable y/o Encargado del Tratamiento, será manejada con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  8. Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de Datos Personales están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de Datos Personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la Ley.
AUTORIZACIÓN

Teniendo en cuenta que las bases de datos de la Compañía han sido recolectados desde el año 2010 y cuenta con muchos Titulares, para garantizar el acceso de todos ellos a la presente Política y hacer efectivo el ejercicio del derecho al Habeas Data por parte de éstos, la Compañía implementó las siguientes medidas para dar a conocer a los Titulares el Tratamiento de sus Datos Personales y las condiciones bajo las cuales tiene lugar tal Tratamiento y realizó las siguientes gestiones:

  1. Se publicó “Aviso de Privacidad” en la página Web de la Compañía y en las instalaciones de la misma.
  2. Se publicó un enlace desde el portal corporativo https://zonar.com.co/, en donde los usuarios pueden visualizar el contenido de esta Política. El portal puede ser visualizado en el 100% del territorio nacional y desde todos los exploradores.
  3. Se publicó aviso en las instalaciones de la compañía, en el cual consta el contenido de la presente Política.

A partir de la fecha, la Compañía, al momento de la recolección de Datos Personales, solicitará una autorización a los Titulares, informado sobre las finalidades específicas del Tratamiento para los cuales se obtiene dicho consentimiento.

La autorización de los Titulares podrá manifestarse por cualquiera de los siguientes medios: (i) escrito, (ii) de forma oral o (iii) mediante conductas inequívocas que permitan concluir de forma razonable que fue otorgada la autorización.

La Compañía conservará la prueba de dichas autorizaciones de forma adecuada, respetando los principios de confidencialidad y privacidad de la información.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012, esta autorización no será necesaria cuando se trate de: (i) Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial; (ii) Datos Públicos; (iii) Casos de urgencia médica o sanitaria; (iv) Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos; y (v) Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.

FINALIDADES DEL TRATAMIENTO

Los Datos Personales de los Titulares son recolectados, almacenados, usados, y excepcionalmente, puestos en circulación, por la Compañía en desarrollo de su objeto social, con la finalidad de:

  1. Proveer sus productos y/o servicios.
  2. Informar sobre cambios de sus productos y/o servicios.
  3. Lograr una eficiente comunicación relacionada con sus productos, servicios, ofertas, alianzas, estudios, concursos, contenidos, así como los de sus compañías vinculadas, y facilitar el acceso general a la información de éstos.
  4. Evaluar la calidad de sus productos y/o servicios.
  5. Realizar campañas de mercadeo para ofrecer descuentos o promociones de productos o servicios propios o de terceros.
  6. Preparar estudios de mercado.
  7. Elaborar estudios estadísticos.
  8. Adelantar convenios comerciales, eventos o programas institucionales, directamente o en asocio con terceros.
  9. Verificar los datos a través de consulta a bases de datos públicas o centrales de riesgos.
  10. Enviar información sobre actividades desarrolladas por la Compañía o enviar información que se considere de interés a través de diferentes medios.
  11. Dar cumplimiento a las obligaciones legales de información a los entes administrativos, así como a las autoridades competentes que así lo requieran.
  12. Compartir con terceros que colaboran con la Compañía y que para el cumplimiento de sus funciones deban acceder en alguna medida a la información.
  13. Soportar los procesos de auditoría de la Compañía.
  14. Garantizar una correcta ejecución del contrato que se haya celebrado con el Titular de los Datos Personales.
  15. Dar cumplimiento a las obligaciones contraídas con sus clientes, proveedores y empleados.
  16. Dar correcta ejecución al objeto social de la Compañía.

Cualquier otra finalidad que llegare a resultar en desarrollo del contrato o relación comercial o laboral existente entre la Compañía y el Titular.

La información suministrada por el Titular, solo será utilizada para los propósitos aquí señalados y una vez cese la necesidad del Tratamiento de los Datos Personales, los mismos deberán ser eliminados de las bases de datos de la Compañía, salvo que por disposición legal deban ser conservados, o archivados en términos seguros a efectos de sólo ser divulgados cuando la Ley así lo exija.

La Compañía, dentro de su objeto social y con la finalidad de desarrollar las actividades antes referidas, recolecta de sus Titulares información referente a sus Datos Personales, como por ejemplo: Nombre, dirección, teléfono, documento de identidad, correo electrónico, datos laborales, datos de su núcleo familiar, datos de formación académica, datos médicos, datos financieros, entre otros. Lo anterior se justifica pues TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, es una compañía cuyo objeto social principal consiste en la prestación de los servicios de rastreo y localización de toda clase de bienes y de vehículos hurtados; el monitoreo remoto de todo tipo de bienes, personas y de vehículos para el transporte de combustible; y en general, para todo tipo de transporte. la instalación de dispositivos para el rastreo y monitoreo de bienes, la fabricación, manufacturación, importación, exportación, venta y comercialización de sistemas de dispositivos de localización, eléctricos, electrónicos y sus componentes en toda clase de bienes.

PROCEDIMIENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

La Compañía realiza la recolección de los Datos Personales a través de los documentos requeridos para vinculación de proveedores, centrales de riesgos; para empleados hojas de vida, referencias laborales y documentos necesarios para vinculación a la seguridad social entre otros.

Los Datos Personales recolectados por la Compañía, son almacenados a través de software debidamente licenciado, el cual es suministrado por proveedores especializados en la materia, con quienes se suscriben acuerdos de confidencialidad para la adecuada protección de la información.

  1. Procedimiento para conocer la información

En aras de proteger y mantener la confidencialidad de los Datos Personales de los Titulares, la Compañía determina que el procedimiento para conocer la información que ésta posee del Titular en sus bases de datos, es el siguiente:

Quién desee conocer la información que la Compañía almacena en sus bases de datos, deberá enviar una comunicación a la dirección:                                                Calle 30 Norte # 2Bis-61, CALI – VALLE DEL CAUCA o al correo electrónico mercadeo@zonar.com.co,  en la cual manifieste su intención de conocer la  información que sobre el Titular se encuentra en las bases de datos de la Compañía e informe una dirección o correo electrónico donde se le  pueda dar respuesta.

Esta comunicación deberá estar suscrita por (i) el Titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente; (ii) los causahabientes del Titular, quienes deberán acreditar tal calidad; (iii) el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento; o (iv) por estipulación a favor de otro o para otro (en adelante y en su conjunto los “Interesados”).

El Área Responsable dará respuesta al Titular o al Interesado, en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma, al correo electrónico o dirección física que haya sido especificado en la solicitud. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al Titular o al Interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en la que se atenderá la consulta, caso en el cual el tiempo de respuesta se extenderá en cinco días hábiles adicionales.

La consulta de la información por parte del Titular o Interesado será gratuita, siempre y cuando sea (i) máximo una vez cada mes calendario, o (ii) se realice con motivo de una modificación sustancial de la presente Política. En caso de que la consulta se haga con una periodicidad mayor a la establecida, la Compañía podrá cobrar al Titular o Interesado los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos, en que haya incurrido para el efecto.

  1. Procedimiento para actualizar, rectificar y suprimir la información – Atención de reclamos.

Los Titulares de los Datos Personales o los demás Interesados, podrán en todo momento, solicitar a la Compañía la actualización, rectificación o supresión de sus datos y/o revocar la autorización del tratamiento por parte de la Compañía de los mismos, mediante la presentación de un reclamo a la dirección,

Calle 30 Norte # 2Bis-61, Cali – Valle del Cauca o al correo electrónico mercadeo@zonar.com.co,  en el cual se indiquen los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección física o correo electrónico en el que se debe dar respuesta, y los documentos que se quiera hacer valer.

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al solicitante dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al solicitante.

Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea resuelto.

El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al solicitante los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Resulta indispensable advertir que la solicitud de supresión de la información y la revocatoria de la autorización, no procederá cuando el Titular tenga un deber legal o contractual con la Compañía.

INFORMACIÓN Y MECANISMOS DISPUESTOS POR TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA COMO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Razón socialTRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.
NIT900.361.602-7
DomicilioCali – Valle del Cauca.
DirecciónCalle 30 Norte # 2Bis-61
Teléfono(2) 641 0990
Áreas encargadasATENCIÓN Y SERVICIO AL CLIENTE
Correo electrónicomercadeo@zonar.com.co,
Página Webhttps://zonar.com.co/

 

ÁREA RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

El área Atención y servicio al cliente, será la encargada de recibir las solicitudes, quejas o reclamos de los Titulares de los Datos Personales o demás Interesados.

Esta área se encargará de realizar el manejo interno que sea necesario a efectos de garantizar una respuesta clara, eficiente y oportuna al Titular del Dato o los demás Interesados.

En todo tiempo el Titular o los Interesados pueden contactarse con estas áreas para ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir los datos y revocar la autorización.

DERECHOS DEL TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES

De conformidad con el art. 8 de la Ley 1581 de 2012, el Titular de los Datos Personales tendrá los siguientes derechos:

  1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables y/o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
  2. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe este requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en esta Política y en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.
  3. Ser informado por el Responsable y/o Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que se le ha dado a sus datos personales.
  4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente;
  5. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato;
  6. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

Los derechos antes mencionados podrán ser ejercidos por el Titular cualquiera de los Interesados.

DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

De conformidad con el art. 17 de la Ley 1581 de 2012, el Responsable del Tratamiento tendrá los siguientes deberes:

  1. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de Habeas Data.
  2. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en esta Política y en la Ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.
  3. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
  4. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  5. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
  6. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a éste se mantenga actualizada.
  7. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento.
  8. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado.
  9. Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.
  10. Tramitar las consultas y reclamos del Titular o los Interesados.
  11. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.
  12. Informar al Titular o a los Interesados, previa solicitud, sobre el uso dado a sus datos.
  13. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
  14. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
VIGENCIA DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO Y DE LAS BASES DE DATOS

La presente Política de Tratamiento de Datos Personales de TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, rige a partir de enero de 2018, igualmente el Tratamiento de los Datos Personales por parte de la Compañía será efectuado  mientras permanezcan vigentes las relaciones contractuales, comerciales o laborales con el Titular, incluido el término requerido para ejecutar la totalidad de las actividades tendientes al cumplimiento de las finalidades del Tratamiento.

No obstante lo anterior, los datos personales deberán ser conservados cuando así se requiera para el cumplimiento de una obligación legal o contractual.

OTRAS DISPOSICIONES
  1. La Compañía, para el Tratamiento de Datos Sensibles, informará a los Titulares de la información: (i) que por tratarse de este tipo de datos, no está obligado a autorizar su Tratamiento e (ii) informará cuáles datos son Sensibles y la finalidad de su Tratamiento.
  2. Para efectos del Tratamiento de Datos Personales de niños, niñas y adolescentes, la Compañía responderá y respetará el interés superior de estos y además, asegurará el respeto de sus derechos fundamentales. Adicionalmente, la Compañía solicitará autorización del representante del niño, niña o adolescente a efectos de efectuar el Tratamiento de sus Datos Personales.
  3. La Compañía recolectará, almacenará, usará o circulará los Datos Personales sobre los que se cuente con la debida autorización, por el término que sea razonable y necesario.

La presente política rige a partir de Enero de 2018.

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 NIT. 900.361.602-7

 Calle 30 Norte # 2 Bis – 61, Cali, Valle – Colombia.

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