Ir al contenido
Zonar
¡Veámonos en Colfecar 2026!
Cartagena • 30 Sep - 2 Oct • Stands 48 y 49
El evento inicia en:
00d
:
00h
:
00m
¡Regístrate aquí!
Ventas: (602) 369 2540 - Opción 1
Bandera Estados Unidos
bandera peru
bandera-colombia
Zonar Systems
  • Soluciones GPS
    • Flotas – Camiones
    • Maquinaria
    • Transporte de pasajeros
    • Zonar Logística
  • Accesorios
    • GPS Vehicular
    • Cámara de video
    • Sensor de combustible
    • Sensor de Fatiga
    • Sensor de temperatura
    • Incabin para comunicación en ruta
    • App-Tso Fleet Pro
  • Normativas
    • Monitoreo GPS (RNDC)
  • Recursos
    • Blog de Zonar
    • Noticias de Zonar
  • Empresa
    • Sobre Nosotros
    • Trabaja con nosotros
    • Opciones de pagos
    • Capacitaciones virtuales
    • Contáctenos
    • Conviértete en dealer de Zonar
  • Soluciones GPS
    • Flotas – Camiones
    • Maquinaria
    • Transporte de pasajeros
    • Zonar Logística
  • Accesorios
    • GPS Vehicular
    • Cámara de video
    • Sensor de combustible
    • Sensor de Fatiga
    • Sensor de temperatura
    • Incabin para comunicación en ruta
    • App-Tso Fleet Pro
  • Normativas
    • Monitoreo GPS (RNDC)
  • Recursos
    • Blog de Zonar
    • Noticias de Zonar
  • Empresa
    • Sobre Nosotros
    • Trabaja con nosotros
    • Opciones de pagos
    • Capacitaciones virtuales
    • Contáctenos
    • Conviértete en dealer de Zonar
Iniciar Sesión
Pago en Línea
  • Inicio
  • /
  • Blog
  • /
  • Manifiesto de carga Colombia 2026: guía completa, errores frecuentes y sanciones
manifiesto de carga colombia

Manifiesto de carga Colombia 2026: guía completa, errores frecuentes y sanciones

El manifiesto de carga Colombia es uno de los documentos de transporte más auditados por las autoridades en 2026. Desde que el Ministerio de Transporte reforzó la integración con el RNDC (Registro Nacional de Despachos de Carga), cada despacho de mercancía en el país debe quedar registrado con datos correctos, en tiempo real y sin omisiones. Los errores en el manifiesto de carga Colombia no son administrativos menores: generan sanciones que oscilan entre 5 y 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Esta guía te explica qué es, cómo se expide correctamente y cuáles son los errores que más detectan las autoridades en las inspecciones de ruta.

manifiesto de carga colombia

Qué es el manifiesto de carga Colombia y por qué es obligatorio

El manifiesto de carga Colombia es el documento electrónico que formaliza el contrato de transporte entre el generador de carga, la empresa transportadora y el conductor. No es opcional: está regulado por la Resolución 3175 del Ministerio de Transporte y su reporte al RNDC es obligatorio para todos los despachos de carga terrestre en el país.

El documento debe expedirse antes de iniciar el recorrido, no durante ni después. En él quedan registrados:

  • Origen y destino del despacho
  • Tipo y cantidad de mercancía
  • Peso y volumen declarado
  • Datos del vehículo y del conductor
  • Tarifa pactada y condiciones de pago
  • Información del generador de carga y del destinatario

Desde mayo de 2026, con la entrada en vigencia obligatoria del SICE-TAC para carga liviana, el manifiesto de carga Colombia también debe incluir la tarifa mínima legal por ruta de acuerdo con las tablas del sistema. Declarar una tarifa por debajo del mínimo legal es una infracción directa, independientemente del acuerdo entre las partes.

Qué dice el RNDC sobre el manifiesto de carga

El RNDC es la plataforma del Ministerio de Transporte donde se registran todos los despachos de carga del país. Nuestra guía completa del RNDC explica en detalle cómo funciona el sistema y qué información exige cada campo.

El punto crítico para el manifiesto de carga Colombia en el RNDC es que el registro debe hacerse en tiempo real. No existe una ventana de gracia de horas ni días: si el vehículo sale sin manifiesto registrado en el RNDC, ya hay una infracción. Las autoridades de tránsito tienen acceso en línea al sistema y pueden verificar cualquier vehículo en ruta durante una inspección de carretera.

Adicionalmente, el RNDC cruza los datos del GPS con los del manifiesto. Si el vehículo aparece en una ubicación que no corresponde a la ruta declarada en el manifiesto, eso genera una alerta automática en el sistema que puede derivar en una inspección o en una sanción directa.

manifiesto de carga colombia

Los 7 errores más frecuentes en el manifiesto de carga Colombia

Estos son los errores que más detectan las autoridades en ruta y en auditorías del RNDC:

1. Expedir el manifiesto después de salir.
Es el error más común y el más sancionado. El manifiesto debe registrarse antes del primer movimiento del vehículo cargado. Expedir el documento con hora posterior a la salida real del vehículo es fácilmente detectable porque el GPS registra el movimiento con marca de tiempo.

2. Declarar una tarifa por debajo del mínimo SICE-TAC.
Con la obligatoriedad del SICE-TAC en 2026, cualquier tarifa registrada en el manifiesto de carga Colombia que esté por debajo del mínimo legal calculado para esa ruta, peso y tipo de vehículo puede generar sanción tanto al transportador como al generador de carga.

3. Datos del conductor desactualizados.
La licencia vencida, la categoría incorrecta o el número de cédula mal digitado son errores que invalidan el manifiesto. El sistema RNDC cruza la información del conductor con la base de datos del RUNT en tiempo real.

4. Peso declarado menor al real.
Declarar un peso inferior al que efectivamente lleva el vehículo es considerado falsedad documental. En los puestos de control con básculas, la diferencia entre el peso declarado en el manifiesto de carga Colombia y el peso real genera sanciones inmediatas y puede implicar la inmovilización del vehículo.

5. Origen y destino imprecisos.
Escribir «Bogotá» como destino cuando el punto real de entrega es un municipio diferente invalida el documento. El RNDC exige municipio específico, no solo departamento o ciudad capital.

6. No registrar el manifiesto cuando cambia el conductor.
Si en ruta el vehículo cambia de conductor por cualquier razón, se debe generar un nuevo manifiesto con el conductor actual. Continuar el trayecto con el manifiesto del conductor anterior es una infracción.

7. No reportar novedades de demora al RNDC.
Cuando el vehículo no llega al destino en el tiempo declarado en el manifiesto, la empresa transportadora debe reportar la novedad al RNDC con su justificación. No hacerlo genera inconsistencias entre el documento y el GPS que quedan registradas en el historial del vehículo.

Cuánto cuestan los errores en el manifiesto de carga Colombia

Las sanciones por infracciones al manifiesto de carga Colombia están establecidas en el Código Nacional de Tránsito y en la reglamentación del RNDC. El rango varía según la gravedad de la infracción:

Tipo de infracciónSanción aproximada
Circular sin manifiesto15 a 30 SMMLV
Manifiesto con datos falsos30 a 100 SMMLV
Tarifa por debajo del mínimo SICE-TAC10 a 50 SMMLV
No reporte de novedades RNDC5 a 15 SMMLV
Inmovilización del vehículoCostos operativos directos

Con el SMMLV 2026 en $1.423.500, una sanción de 30 salarios representa más de $42 millones de pesos. Para una flota mediana que mueve 20 a 40 vehículos, acumular infracciones por errores administrativos repetidos puede generar pérdidas anuales que superan el costo de implementar tecnología de control.

Cómo expedir el manifiesto de carga Colombia sin errores en 2026

El proceso correcto para expedir el manifiesto de carga Colombia en el RNDC sigue estos pasos:

Paso 1: Verificar los datos del vehículo y el conductor antes de asignar el despacho. La licencia del conductor debe estar vigente, con la categoría correcta para el tipo de vehículo, y el seguro SOAT y revisión técnico-mecánica al día.

Paso 2: Calcular la tarifa mínima legal en el SICE-TAC. Con la ruta, el peso de la carga y el tipo de vehículo, el sistema entrega el valor mínimo que debe quedar registrado en el manifiesto. Nuestra tabla de precios de transporte de carga 2026 incluye los valores de referencia más usados.

Paso 3: Registrar el manifiesto en el RNDC con todos los campos completos. El sistema genera un número de manifiesto que es el identificador oficial del despacho.

Paso 4: Confirmar que el GPS del vehículo está activo y reportando. El rastreo satelital del vehículo debe estar operativo desde el momento de la salida. El RNDC cruza los tiempos del GPS con los tiempos declarados en el manifiesto.

Paso 5: Reportar novedades durante el trayecto si corresponde. Demoras por inspecciones, accidentes o condiciones de vía deben quedar registradas en el RNDC con su justificación y hora exacta.

manifiesto de carga colombia

Por qué el GPS integrado reduce el riesgo de errores en el manifiesto

Uno de los problemas estructurales con el manifiesto de carga Colombia es que los datos del documento y los datos del vehículo en ruta los maneja gente diferente. El despachador genera el manifiesto, el conductor maneja el vehículo y el RNDC recibe ambas fuentes de datos de forma independiente.

Cuando el GPS del vehículo está integrado con la plataforma de gestión de la empresa, los datos fluyen automáticamente: la hora de salida, la ruta, las paradas y la hora de llegada quedan registradas sin intervención manual. Eso elimina las inconsistencias entre el manifiesto y el GPS que generan alertas en el RNDC.

Las flotas que usan gestión de flotas empresariales con GPS integrado también pueden configurar alertas automáticas cuando un vehículo sale sin manifiesto activo en el sistema, lo que convierte una verificación que hoy depende de la memoria de una persona en un proceso automático que no falla.

El manifiesto de carga Colombia no es burocracia. Es el documento que define si tu operación es legal o no en el momento en que el inspector detiene el vehículo en ruta. En 2026, con el RNDC cruzando datos en tiempo real con el GPS de cada vehículo, los errores son detectables en minutos. La única forma de eliminar el riesgo es automatizar el proceso, no depender de que alguien lo recuerde correctamente cada vez.


¿Tu flota tiene errores frecuentes en el manifiesto de carga?

Te ayudamos a revisar tu proceso de despacho y a identificar qué datos estás reportando de forma incorrecta antes de que llegue una sanción.
👉 Hablar con un asesor por WhatsApp


Referencias:

  • Ministerio de Transporte de Colombia
  • RNDC — Registro Nacional de Despachos de Carga
  • SICE-TAC — Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga
  • Resolución 3175 de 2015 — Ministerio de Transporte
  • RUNT — Registro Único Nacional de Tránsito
Compartir en:

Categorías

Categorías
  • Casos de Éxito
  • Datos y análisis
  • Gestión de Flotas
  • Noticias
  • Rastreo Satelital
  • Salud del vehículo
  • Seguridad del conductor
  • Sostenibilidad
  • Tecnología en transporte y Cámaras inteligentes

Artículos relacionados

logística colombia

Logística Colombia Q4 2026: cómo preparar la operación de transporte para el pico de fin de año

13 de octubre de 2026
Leer más
congreso Colfecar

El costo real de operar flota vieja: lo que el congreso Colfecar 2026 dejó en evidencia

8 de octubre de 2026
Leer más
precio diesel colombia

Precio diesel Colombia octubre 2026: cuánto cuesta el diésel y cómo impacta el costo por kilómetro de tu flota

6 de octubre de 2026
Leer más

También te puede interesar ...

siniestros viales en colombia

Siniestros viales en Colombia 2026: más de 4.000 muertos y qué puede hacer tu flota

Los siniestros viales en Colombia no están bajando. En lo que va de 2026, el país ya supera los 4.000 muertos en accidentes de tránsito

Leer más »
24 de septiembre de 2026
tabla de precios de transporte de carga

Tabla de precios transporte de carga en Colombia 2026: guía práctica con el SICE-TAC actualizado

Si buscas una tabla de precios transporte de carga en Colombia para 2026, necesitas entender primero cómo funciona el sistema que la regula. Desde mayo

Leer más »
10 de septiembre de 2026
qué es el SICE-TAC

Qué es el SICE-TAC y qué cambia para la carga liviana en Colombia 2026

Para entender bien qué es el SICE-TAC y cómo funciona en la práctica, hay que mirar también las variables que lo componen Si tu empresa

Leer más »
7 de septiembre de 2026
zonar systems
TRACKING SOLUTIONS T.S.O. S.A.S (ZONAR)

Cali, Colombia
Avenida 4.ª Norte # 23CN 18 – 4.º piso

Contáctenos: (602) 369 2540
WhatsApp: 312 247 7888

Central de Monitoreo (24 horas) 
(602) 369 2540 – Opción 0

NUESTRAS SOLUCIONES
  • Sensor de fatiga
  • Sensor de temperatura
  • Sensor de combustible
  • Incabin para comunicación en ruta
  • Sensor de fatiga
  • Sensor de temperatura
  • Sensor de combustible
  • Incabin para comunicación en ruta
ACERCA DE NOSOTROS
  • Ingreso a la Plataforma
  • Contáctenos
  • Ingreso a la Plataforma
  • Contáctenos
zonar

TRACKING SOLUTIONS T.S.O. S.A.S. (ZONAR) garantiza el tratamiento confidencial y seguro de los datos personales suministrados por clientes y proveedores, los cuales serán utilizados únicamente para los fines asociados a esta encuesta.

El tratamiento de la información se realizará conforme al derecho fundamental al Habeas Data, a la Constitución Política de Colombia y a lo dispuesto en las Leyes Estatutarias 1266 de 2008 y 1581 de 2012.

Operación a Nivel Nacional

Términos y condiciones | Política de Protección de Datos Personales

Reconocimientos

REGISTRADOS

LOGO MINTIC

CERTIFICADOS

POLICIA NACIONAL

SÍGANOS

Facebook X-twitter Linkedin Whatsapp Instagram Youtube

© Copyright 2026 ZONAR SYSTEMS, una marca de TRACKING SOLUTIONS T.S.O S.A.S

Empresa de software

Diseñado por MYSTARTCO agencia de Marketing

zonar

Política de Protección de Datos Personales

OBJETIVO DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO

TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA., (En adelante “TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”, o la “Compañía”), comprometida con la seguridad de la información personal de sus usuarios, clientes, proveedores, contratistas, empleados y público en general y con la finalidad de dar estricto cumplimiento a la normatividad vigente sobre la protección de Datos Personales, en especial por lo establecido en la Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013 y en las demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o complementen, se permite presentar las Políticas de Tratamiento en materia de protección de Datos Personales (en adelante la “Política”) de la Compañía, en relación con la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de los mismos, en virtud de la autorización que sea otorgada por los Titulares de la información.

En esta Política, la Compañía detalla I) los lineamientos corporativos generales que se tienen en cuenta a efectos de proteger los Datos Personales de los Titulares, II) la finalidad de la recolección de la información, III) los derechos de los Titulares, IV) el área responsable de atender las quejas y reclamos, y V) los procedimientos que debe agotar el Titular para conocer, actualizar, rectificar y suprimir la información objeto de tratamiento.

La Compañía, en cumplimiento del derecho constitucional al Habeas Data, sólo recolecta Datos Personales, cuando así haya sido autorizado previamente por su Titular, implementando para tal efecto, medidas claras sobre confidencialidad y privacidad de los Datos Personales.

DEFINICIONES PARA EFECTOS DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO

Para efectos de la presente Política, se tendrán en cuenta las definiciones que se esbozan a continuación:

  1. Titular: Persona natural o jurídica cuyos Datos Personales sean objeto de Tratamiento.
  2. Responsable o Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos. En este caso la Compañía.
  3. Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
  4. Dato Público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales.
  5. Dato Sensible: Aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.
  6. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
  7. Políticas de Tratamiento en materia de protección de Datos Personales: Se refiere al presente documento.
PRINCIPIOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1581 de 2012, los principios que rigen el Tratamiento de los Datos Personales son:

  1. Principio de legalidad en materia de Tratamiento de Datos: El Tratamiento a que se refiere la Ley 1581 es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen, así como a lo dispuesto en la presente Política.
  2. Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a las finalidades legítimas que se consagran en esta Política, la cual debe ser informada al Titular.
  3. Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los Datos Personales no serán obtenidos o divulgados sin previa autorización, salvo que exista mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
  4. Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
  5. Principio de transparencia: En el Tratamiento se garantizará el derecho del Titular a obtener del Responsable o del Encargado, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
  6. Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento estará sujeto a los límites que se derivan de la naturaleza de los Datos Personales. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la Ley.
  7. Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable y/o Encargado del Tratamiento, será manejada con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  8. Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de Datos Personales están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de Datos Personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la Ley.
AUTORIZACIÓN

Teniendo en cuenta que las bases de datos de la Compañía han sido recolectados desde el año 2010 y cuenta con muchos Titulares, para garantizar el acceso de todos ellos a la presente Política y hacer efectivo el ejercicio del derecho al Habeas Data por parte de éstos, la Compañía implementó las siguientes medidas para dar a conocer a los Titulares el Tratamiento de sus Datos Personales y las condiciones bajo las cuales tiene lugar tal Tratamiento y realizó las siguientes gestiones:

  1. Se publicó “Aviso de Privacidad” en la página Web de la Compañía y en las instalaciones de la misma.
  2. Se publicó un enlace desde el portal corporativo https://zonar.com.co/, en donde los usuarios pueden visualizar el contenido de esta Política. El portal puede ser visualizado en el 100% del territorio nacional y desde todos los exploradores.
  3. Se publicó aviso en las instalaciones de la compañía, en el cual consta el contenido de la presente Política.

A partir de la fecha, la Compañía, al momento de la recolección de Datos Personales, solicitará una autorización a los Titulares, informado sobre las finalidades específicas del Tratamiento para los cuales se obtiene dicho consentimiento.

La autorización de los Titulares podrá manifestarse por cualquiera de los siguientes medios: (i) escrito, (ii) de forma oral o (iii) mediante conductas inequívocas que permitan concluir de forma razonable que fue otorgada la autorización.

La Compañía conservará la prueba de dichas autorizaciones de forma adecuada, respetando los principios de confidencialidad y privacidad de la información.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012, esta autorización no será necesaria cuando se trate de: (i) Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial; (ii) Datos Públicos; (iii) Casos de urgencia médica o sanitaria; (iv) Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos; y (v) Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.

FINALIDADES DEL TRATAMIENTO

Los Datos Personales de los Titulares son recolectados, almacenados, usados, y excepcionalmente, puestos en circulación, por la Compañía en desarrollo de su objeto social, con la finalidad de:

  1. Proveer sus productos y/o servicios.
  2. Informar sobre cambios de sus productos y/o servicios.
  3. Lograr una eficiente comunicación relacionada con sus productos, servicios, ofertas, alianzas, estudios, concursos, contenidos, así como los de sus compañías vinculadas, y facilitar el acceso general a la información de éstos.
  4. Evaluar la calidad de sus productos y/o servicios.
  5. Realizar campañas de mercadeo para ofrecer descuentos o promociones de productos o servicios propios o de terceros.
  6. Preparar estudios de mercado.
  7. Elaborar estudios estadísticos.
  8. Adelantar convenios comerciales, eventos o programas institucionales, directamente o en asocio con terceros.
  9. Verificar los datos a través de consulta a bases de datos públicas o centrales de riesgos.
  10. Enviar información sobre actividades desarrolladas por la Compañía o enviar información que se considere de interés a través de diferentes medios.
  11. Dar cumplimiento a las obligaciones legales de información a los entes administrativos, así como a las autoridades competentes que así lo requieran.
  12. Compartir con terceros que colaboran con la Compañía y que para el cumplimiento de sus funciones deban acceder en alguna medida a la información.
  13. Soportar los procesos de auditoría de la Compañía.
  14. Garantizar una correcta ejecución del contrato que se haya celebrado con el Titular de los Datos Personales.
  15. Dar cumplimiento a las obligaciones contraídas con sus clientes, proveedores y empleados.
  16. Dar correcta ejecución al objeto social de la Compañía.

Cualquier otra finalidad que llegare a resultar en desarrollo del contrato o relación comercial o laboral existente entre la Compañía y el Titular.

La información suministrada por el Titular, solo será utilizada para los propósitos aquí señalados y una vez cese la necesidad del Tratamiento de los Datos Personales, los mismos deberán ser eliminados de las bases de datos de la Compañía, salvo que por disposición legal deban ser conservados, o archivados en términos seguros a efectos de sólo ser divulgados cuando la Ley así lo exija.

La Compañía, dentro de su objeto social y con la finalidad de desarrollar las actividades antes referidas, recolecta de sus Titulares información referente a sus Datos Personales, como por ejemplo: Nombre, dirección, teléfono, documento de identidad, correo electrónico, datos laborales, datos de su núcleo familiar, datos de formación académica, datos médicos, datos financieros, entre otros. Lo anterior se justifica pues TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, es una compañía cuyo objeto social principal consiste en la prestación de los servicios de rastreo y localización de toda clase de bienes y de vehículos hurtados; el monitoreo remoto de todo tipo de bienes, personas y de vehículos para el transporte de combustible; y en general, para todo tipo de transporte. la instalación de dispositivos para el rastreo y monitoreo de bienes, la fabricación, manufacturación, importación, exportación, venta y comercialización de sistemas de dispositivos de localización, eléctricos, electrónicos y sus componentes en toda clase de bienes.

PROCEDIMIENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

La Compañía realiza la recolección de los Datos Personales a través de los documentos requeridos para vinculación de proveedores, centrales de riesgos; para empleados hojas de vida, referencias laborales y documentos necesarios para vinculación a la seguridad social entre otros.

Los Datos Personales recolectados por la Compañía, son almacenados a través de software debidamente licenciado, el cual es suministrado por proveedores especializados en la materia, con quienes se suscriben acuerdos de confidencialidad para la adecuada protección de la información.

  1. Procedimiento para conocer la información

En aras de proteger y mantener la confidencialidad de los Datos Personales de los Titulares, la Compañía determina que el procedimiento para conocer la información que ésta posee del Titular en sus bases de datos, es el siguiente:

Quién desee conocer la información que la Compañía almacena en sus bases de datos, deberá enviar una comunicación a la dirección:                                                Calle 30 Norte # 2Bis-61, CALI – VALLE DEL CAUCA o al correo electrónico mercadeo@zonar.com.co,  en la cual manifieste su intención de conocer la  información que sobre el Titular se encuentra en las bases de datos de la Compañía e informe una dirección o correo electrónico donde se le  pueda dar respuesta.

Esta comunicación deberá estar suscrita por (i) el Titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente; (ii) los causahabientes del Titular, quienes deberán acreditar tal calidad; (iii) el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento; o (iv) por estipulación a favor de otro o para otro (en adelante y en su conjunto los “Interesados”).

El Área Responsable dará respuesta al Titular o al Interesado, en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma, al correo electrónico o dirección física que haya sido especificado en la solicitud. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al Titular o al Interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en la que se atenderá la consulta, caso en el cual el tiempo de respuesta se extenderá en cinco días hábiles adicionales.

La consulta de la información por parte del Titular o Interesado será gratuita, siempre y cuando sea (i) máximo una vez cada mes calendario, o (ii) se realice con motivo de una modificación sustancial de la presente Política. En caso de que la consulta se haga con una periodicidad mayor a la establecida, la Compañía podrá cobrar al Titular o Interesado los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos, en que haya incurrido para el efecto.

  1. Procedimiento para actualizar, rectificar y suprimir la información – Atención de reclamos.

Los Titulares de los Datos Personales o los demás Interesados, podrán en todo momento, solicitar a la Compañía la actualización, rectificación o supresión de sus datos y/o revocar la autorización del tratamiento por parte de la Compañía de los mismos, mediante la presentación de un reclamo a la dirección,

Calle 30 Norte # 2Bis-61, Cali – Valle del Cauca o al correo electrónico mercadeo@zonar.com.co,  en el cual se indiquen los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección física o correo electrónico en el que se debe dar respuesta, y los documentos que se quiera hacer valer.

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al solicitante dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al solicitante.

Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea resuelto.

El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al solicitante los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Resulta indispensable advertir que la solicitud de supresión de la información y la revocatoria de la autorización, no procederá cuando el Titular tenga un deber legal o contractual con la Compañía.

INFORMACIÓN Y MECANISMOS DISPUESTOS POR TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA COMO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Razón socialTRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.
NIT900.361.602-7
DomicilioCali – Valle del Cauca.
DirecciónCalle 30 Norte # 2Bis-61
Teléfono(2) 641 0990
Áreas encargadasATENCIÓN Y SERVICIO AL CLIENTE
Correo electrónicomercadeo@zonar.com.co,
Página Webhttps://zonar.com.co/

 

ÁREA RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

El área Atención y servicio al cliente, será la encargada de recibir las solicitudes, quejas o reclamos de los Titulares de los Datos Personales o demás Interesados.

Esta área se encargará de realizar el manejo interno que sea necesario a efectos de garantizar una respuesta clara, eficiente y oportuna al Titular del Dato o los demás Interesados.

En todo tiempo el Titular o los Interesados pueden contactarse con estas áreas para ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir los datos y revocar la autorización.

DERECHOS DEL TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES

De conformidad con el art. 8 de la Ley 1581 de 2012, el Titular de los Datos Personales tendrá los siguientes derechos:

  1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables y/o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
  2. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe este requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en esta Política y en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.
  3. Ser informado por el Responsable y/o Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que se le ha dado a sus datos personales.
  4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente;
  5. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato;
  6. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

Los derechos antes mencionados podrán ser ejercidos por el Titular cualquiera de los Interesados.

DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

De conformidad con el art. 17 de la Ley 1581 de 2012, el Responsable del Tratamiento tendrá los siguientes deberes:

  1. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de Habeas Data.
  2. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en esta Política y en la Ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.
  3. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
  4. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  5. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
  6. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a éste se mantenga actualizada.
  7. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento.
  8. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado.
  9. Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.
  10. Tramitar las consultas y reclamos del Titular o los Interesados.
  11. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.
  12. Informar al Titular o a los Interesados, previa solicitud, sobre el uso dado a sus datos.
  13. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
  14. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
VIGENCIA DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO Y DE LAS BASES DE DATOS

La presente Política de Tratamiento de Datos Personales de TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, rige a partir de enero de 2018, igualmente el Tratamiento de los Datos Personales por parte de la Compañía será efectuado  mientras permanezcan vigentes las relaciones contractuales, comerciales o laborales con el Titular, incluido el término requerido para ejecutar la totalidad de las actividades tendientes al cumplimiento de las finalidades del Tratamiento.

No obstante lo anterior, los datos personales deberán ser conservados cuando así se requiera para el cumplimiento de una obligación legal o contractual.

OTRAS DISPOSICIONES
  1. La Compañía, para el Tratamiento de Datos Sensibles, informará a los Titulares de la información: (i) que por tratarse de este tipo de datos, no está obligado a autorizar su Tratamiento e (ii) informará cuáles datos son Sensibles y la finalidad de su Tratamiento.
  2. Para efectos del Tratamiento de Datos Personales de niños, niñas y adolescentes, la Compañía responderá y respetará el interés superior de estos y además, asegurará el respeto de sus derechos fundamentales. Adicionalmente, la Compañía solicitará autorización del representante del niño, niña o adolescente a efectos de efectuar el Tratamiento de sus Datos Personales.
  3. La Compañía recolectará, almacenará, usará o circulará los Datos Personales sobre los que se cuente con la debida autorización, por el término que sea razonable y necesario.

La presente política rige a partir de Enero de 2018.

TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

 NIT. 900.361.602-7

 Calle 30 Norte # 2 Bis – 61, Cali, Valle – Colombia.

DESCARGAR TÉRMINOS Y CONDICIONES