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  • Camiones eléctricos Colombia 2026: incentivos, costos reales y viabilidad para flotas de carga
camiones eléctricos

Camiones eléctricos Colombia 2026: incentivos, costos reales y viabilidad para flotas de carga

Los camiones eléctricos en Colombia dejaron de ser una conversación de futuro. En 2026, marcas como BYD, Yutong, Sinotruk y JAC ya tienen distribuidores activos en el país, el gobierno mantiene incentivos tributarios establecidos desde la Ley 1964 de 2019 y algunas flotas urbanas ya los están operando en rutas de distribución. Pero entre la promesa y la realidad operativa hay una brecha importante que todo gerente de flota debe conocer antes de tomar una decisión de inversión.

Esta guía analiza qué incentivos existen realmente, cuánto cuestan, qué autonomía tienen en condiciones reales y para qué tipo de operación los camiones eléctricos Colombia son viables hoy.

¿Por qué creció el interés por los camiones eléctricos en Colombia en 2026?

Tres factores convergieron este año para que las flotas de carga le prestaran más atención a la electrificación:

El primero es el precio del diésel. El ACPM subió de forma sostenida durante el primer semestre de 2026, presionado por el déficit del FEPC (Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles). Cada alza en el precio del ACPM mejora automáticamente el argumento de costo operativo de los camiones eléctricos Colombia, que no dependen del combustible fósil.

El segundo es la regulación. Las ciudades principales están avanzando en zonas de bajas emisiones, restricciones de circulación para vehículos a diésel en centros urbanos y requisitos de emisiones más estrictos para contratos con entidades públicas. Para las flotas que hacen distribución urbana, la presión regulatoria ya es real.

El tercero es la disponibilidad de producto. Hasta hace dos años, conseguir un camión eléctrico para carga en Colombia requería importarlo directamente con tiempos de espera de 6 a 12 meses. En 2026, varios distribuidores tienen unidades disponibles en inventario local.

camiones eléctricos

Qué incentivos existen hoy para los camiones eléctricos en Colombia

Los incentivos para camiones eléctricos Colombia están establecidos principalmente en la Ley 1964 de 2019 y sus decretos reglamentarios:

Exención de IVA en la compra. Los vehículos eléctricos están exentos del IVA del 19% sobre el valor del vehículo. En un camión eléctrico que cuesta 800 millones de pesos, eso representa un ahorro directo de más de 150 millones de pesos frente al precio de lista.

Reducción de arancel de importación. Los vehículos eléctricos tienen arancel del 0% hasta 2026, frente al 35% que aplica a vehículos de combustión importados de países sin TLC. Esto impacta directamente el precio de los modelos chinos que dominan el mercado colombiano de camiones eléctricos Colombia.

Exención de pico y placa. En Bogotá, Medellín y Cali, los camiones eléctricos están exentos de las restricciones de pico y placa para vehículos de carga. Para distribución urbana, esto puede equivaler a tener un vehículo operativo más sin comprarlo.

Tarifas de energía diferencial. Algunas operadoras eléctricas ofrecen tarifas preferenciales para carga de flotas en horario nocturno (entre las 11 pm y las 6 am), lo que reduce el costo por kilómetro recorrido.

Importante: los incentivos tributarios están sujetos a cambio de gobierno y a decisiones del Congreso. Antes de basar una proyección financiera a 5 años en estos beneficios, confirma su vigencia con un asesor tributario actualizado.

camiones eléctricos

Cuánto cuestan realmente los camiones eléctricos en Colombia en 2026

El rango de precios de los camiones eléctricos Colombia disponibles en el mercado en 2026 varía según tonelaje y marca:

Tipo de vehículoEquivalente diéselPrecio camión eléctricoPrecio camión diésel
Camión sencillo 5-8 tonNPR, Canter$380M a $520M$180M a $260M
Camión mediano 10-14 tonFTR, atego$620M a $850M$320M a $420M
Tractomula (largo aliento)TGX, 389$1.200M a $1.800M$550M a $750M

La diferencia de precio es real: un camión eléctrico cuesta entre 2 y 2,5 veces más que su equivalente a diésel en compra directa, incluso descontando el IVA. La justificación económica depende del costo operativo diferencial acumulado durante la vida útil del vehículo.

El costo energético de un camión eléctrico mediano en Colombia ronda los $120 a $180 por kilómetro con tarifa industrial nocturna. Un camión diésel equivalente consume entre $450 y $600 por kilómetro con el ACPM en los valores actuales de 2026. Esa diferencia de $300 a $400 por kilómetro es el argumento económico de los camiones eléctricos Colombia: en una ruta de distribución urbana que hace 150 km diarios, el ahorro mensual puede superar los $18 millones de pesos por vehículo.

El problema real: autonomía e infraestructura de carga

El argumento económico de los camiones eléctricos Colombia se sostiene en rutas urbanas cortas. El problema está en las condiciones reales de operación:

Autonomía declarada vs autonomía real. Los fabricantes declaran autonomías de 200 a 350 km por carga para camiones medianos. En condiciones reales colombianas, con rutas de montaña, carga completa, temperatura ambiente elevada y uso de aire acondicionado, la autonomía real puede caer entre un 25% y un 40% respecto a lo declarado. En el corredor Bogotá a Medellín (415 km), ningún camión eléctrico disponible hoy llega sin parada de carga intermedia.

Infraestructura de carga fuera de las ciudades. La red de cargadores de alta potencia (50 kW o más) en Colombia está concentrada en las cuatro ciudades principales. En corredores intermunicipales clave como la Troncal del Magdalena, la vía al Llano o el corredor del Pacífico, la disponibilidad de puntos de carga para vehículos pesados es prácticamente inexistente en 2026.

Tiempo de carga. Un camión eléctrico mediano con cargador de 50 kW necesita entre 3 y 5 horas para recuperar el 80% de su carga. Con cargadores de 150 kW (los más potentes disponibles comercialmente para vehículos pesados en Colombia), el tiempo baja a 1,5 a 2 horas. Pero esos cargadores de alta potencia son escasos y costosos de instalar.

Temperatura de las baterías. Las baterías de litio degradan su desempeño en temperaturas altas. En ciudades como Cali, Barranquilla o Villavicencio, la autonomía efectiva se ve afectada adicionalmente por las condiciones climáticas.

Para qué tipo de operación son viables los camiones eléctricos en Colombia hoy

El análisis honesto de los camiones eléctricos Colombia en 2026 lleva a una conclusión clara: son viables hoy para un perfil de operación específico, y son una apuesta prematura para otro.

Perfil donde son viables ahora:

  • Distribución urbana con rutas de menos de 150 km diarios
  • Operación con base fija donde se puede instalar cargador propio
  • Ciudades con buena red eléctrica y pico y placa activo (el ahorro de productividad justifica parte del mayor costo)
  • Flotas con contratos de largo plazo que exigen vehículos de bajas emisiones

Perfil donde todavía no son viables:

  • Transporte de largo aliento en corredores intermunicipales
  • Operaciones en zonas rurales o con base en municipios pequeños sin infraestructura de carga
  • Flotas que necesitan disponibilidad continua de 16 a 20 horas diarias sin tiempo de carga programado
  • Rutas de alta montaña con pendientes pronunciadas que reducen significativamente la autonomía real
camiones eléctricos

Alternativas para flotas que quieren reducir costos sin pasarse a eléctrico todavía

Para las empresas de transporte que analizan los camiones eléctricos Colombia pero aún no tienen el perfil de operación adecuado, hay alternativas para reducir costos operativos con la flota actual:

El control preciso del consumo de combustible con sensores de combustible puede reducir el gasto en ACPM entre un 8% y un 15% sin cambiar vehículo. En una flota de 20 camiones con consumo mensual de 200 millones de pesos en diésel, eso representa entre 16 y 30 millones de pesos mensuales de ahorro directo.

La gestión de flotas con datos en tiempo real permite identificar conductores con patrones de conducción que generan sobrecostos en combustible: aceleraciones bruscas, ralentí excesivo y velocidades por encima del punto óptimo de consumo. Corregir esos patrones con capacitación basada en datos puede reducir el consumo entre un 5% y un 12% adicional.

Los camiones eléctricos Colombia son una realidad operativa para distribución urbana y una apuesta con riesgos reales para transporte de largo aliento. La decisión correcta depende de tus rutas, tu infraestructura y tu horizonte de inversión, no de la narrativa del mercado. En 2026, la tecnología existe y los incentivos están activos. Lo que todavía no está completo es la infraestructura que permite que esa tecnología funcione en cualquier parte del país.


¿Estás evaluando incorporar vehículos eléctricos a tu flota o quieres reducir costos con la flota actual?

Podemos ayudarte a hacer el análisis correcto según tu tipo de operación.
👉 Hablar con un asesor por WhatsApp


Referencias:

  • Ley 1964 de 2019 – Movilidad Eléctrica Colombia
  • UPME – Unidad de Planeación Minero Energética: Infraestructura de carga vehicular
  • El Tiempo – Camiones eléctricos en Colombia: qué marcas llegan y a qué precio
  • Colfecar – Federación Colombiana de Transportadores de Carga
  • MinTransporte – Política Nacional de Movilidad Eléctrica
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El tratamiento de la información se realizará conforme al derecho fundamental al Habeas Data, a la Constitución Política de Colombia y a lo dispuesto en las Leyes Estatutarias 1266 de 2008 y 1581 de 2012.

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Política de Protección de Datos Personales

OBJETIVO DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO

TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA., (En adelante “TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”, o la “Compañía”), comprometida con la seguridad de la información personal de sus usuarios, clientes, proveedores, contratistas, empleados y público en general y con la finalidad de dar estricto cumplimiento a la normatividad vigente sobre la protección de Datos Personales, en especial por lo establecido en la Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013 y en las demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o complementen, se permite presentar las Políticas de Tratamiento en materia de protección de Datos Personales (en adelante la “Política”) de la Compañía, en relación con la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de los mismos, en virtud de la autorización que sea otorgada por los Titulares de la información.

En esta Política, la Compañía detalla I) los lineamientos corporativos generales que se tienen en cuenta a efectos de proteger los Datos Personales de los Titulares, II) la finalidad de la recolección de la información, III) los derechos de los Titulares, IV) el área responsable de atender las quejas y reclamos, y V) los procedimientos que debe agotar el Titular para conocer, actualizar, rectificar y suprimir la información objeto de tratamiento.

La Compañía, en cumplimiento del derecho constitucional al Habeas Data, sólo recolecta Datos Personales, cuando así haya sido autorizado previamente por su Titular, implementando para tal efecto, medidas claras sobre confidencialidad y privacidad de los Datos Personales.

DEFINICIONES PARA EFECTOS DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO

Para efectos de la presente Política, se tendrán en cuenta las definiciones que se esbozan a continuación:

  1. Titular: Persona natural o jurídica cuyos Datos Personales sean objeto de Tratamiento.
  2. Responsable o Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos. En este caso la Compañía.
  3. Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
  4. Dato Público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales.
  5. Dato Sensible: Aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.
  6. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
  7. Políticas de Tratamiento en materia de protección de Datos Personales: Se refiere al presente documento.
PRINCIPIOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1581 de 2012, los principios que rigen el Tratamiento de los Datos Personales son:

  1. Principio de legalidad en materia de Tratamiento de Datos: El Tratamiento a que se refiere la Ley 1581 es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen, así como a lo dispuesto en la presente Política.
  2. Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a las finalidades legítimas que se consagran en esta Política, la cual debe ser informada al Titular.
  3. Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los Datos Personales no serán obtenidos o divulgados sin previa autorización, salvo que exista mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
  4. Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
  5. Principio de transparencia: En el Tratamiento se garantizará el derecho del Titular a obtener del Responsable o del Encargado, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
  6. Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento estará sujeto a los límites que se derivan de la naturaleza de los Datos Personales. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la Ley.
  7. Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable y/o Encargado del Tratamiento, será manejada con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  8. Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de Datos Personales están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de Datos Personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la Ley.
AUTORIZACIÓN

Teniendo en cuenta que las bases de datos de la Compañía han sido recolectados desde el año 2010 y cuenta con muchos Titulares, para garantizar el acceso de todos ellos a la presente Política y hacer efectivo el ejercicio del derecho al Habeas Data por parte de éstos, la Compañía implementó las siguientes medidas para dar a conocer a los Titulares el Tratamiento de sus Datos Personales y las condiciones bajo las cuales tiene lugar tal Tratamiento y realizó las siguientes gestiones:

  1. Se publicó “Aviso de Privacidad” en la página Web de la Compañía y en las instalaciones de la misma.
  2. Se publicó un enlace desde el portal corporativo https://zonar.com.co/, en donde los usuarios pueden visualizar el contenido de esta Política. El portal puede ser visualizado en el 100% del territorio nacional y desde todos los exploradores.
  3. Se publicó aviso en las instalaciones de la compañía, en el cual consta el contenido de la presente Política.

A partir de la fecha, la Compañía, al momento de la recolección de Datos Personales, solicitará una autorización a los Titulares, informado sobre las finalidades específicas del Tratamiento para los cuales se obtiene dicho consentimiento.

La autorización de los Titulares podrá manifestarse por cualquiera de los siguientes medios: (i) escrito, (ii) de forma oral o (iii) mediante conductas inequívocas que permitan concluir de forma razonable que fue otorgada la autorización.

La Compañía conservará la prueba de dichas autorizaciones de forma adecuada, respetando los principios de confidencialidad y privacidad de la información.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012, esta autorización no será necesaria cuando se trate de: (i) Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial; (ii) Datos Públicos; (iii) Casos de urgencia médica o sanitaria; (iv) Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos; y (v) Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.

FINALIDADES DEL TRATAMIENTO

Los Datos Personales de los Titulares son recolectados, almacenados, usados, y excepcionalmente, puestos en circulación, por la Compañía en desarrollo de su objeto social, con la finalidad de:

  1. Proveer sus productos y/o servicios.
  2. Informar sobre cambios de sus productos y/o servicios.
  3. Lograr una eficiente comunicación relacionada con sus productos, servicios, ofertas, alianzas, estudios, concursos, contenidos, así como los de sus compañías vinculadas, y facilitar el acceso general a la información de éstos.
  4. Evaluar la calidad de sus productos y/o servicios.
  5. Realizar campañas de mercadeo para ofrecer descuentos o promociones de productos o servicios propios o de terceros.
  6. Preparar estudios de mercado.
  7. Elaborar estudios estadísticos.
  8. Adelantar convenios comerciales, eventos o programas institucionales, directamente o en asocio con terceros.
  9. Verificar los datos a través de consulta a bases de datos públicas o centrales de riesgos.
  10. Enviar información sobre actividades desarrolladas por la Compañía o enviar información que se considere de interés a través de diferentes medios.
  11. Dar cumplimiento a las obligaciones legales de información a los entes administrativos, así como a las autoridades competentes que así lo requieran.
  12. Compartir con terceros que colaboran con la Compañía y que para el cumplimiento de sus funciones deban acceder en alguna medida a la información.
  13. Soportar los procesos de auditoría de la Compañía.
  14. Garantizar una correcta ejecución del contrato que se haya celebrado con el Titular de los Datos Personales.
  15. Dar cumplimiento a las obligaciones contraídas con sus clientes, proveedores y empleados.
  16. Dar correcta ejecución al objeto social de la Compañía.

Cualquier otra finalidad que llegare a resultar en desarrollo del contrato o relación comercial o laboral existente entre la Compañía y el Titular.

La información suministrada por el Titular, solo será utilizada para los propósitos aquí señalados y una vez cese la necesidad del Tratamiento de los Datos Personales, los mismos deberán ser eliminados de las bases de datos de la Compañía, salvo que por disposición legal deban ser conservados, o archivados en términos seguros a efectos de sólo ser divulgados cuando la Ley así lo exija.

La Compañía, dentro de su objeto social y con la finalidad de desarrollar las actividades antes referidas, recolecta de sus Titulares información referente a sus Datos Personales, como por ejemplo: Nombre, dirección, teléfono, documento de identidad, correo electrónico, datos laborales, datos de su núcleo familiar, datos de formación académica, datos médicos, datos financieros, entre otros. Lo anterior se justifica pues TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, es una compañía cuyo objeto social principal consiste en la prestación de los servicios de rastreo y localización de toda clase de bienes y de vehículos hurtados; el monitoreo remoto de todo tipo de bienes, personas y de vehículos para el transporte de combustible; y en general, para todo tipo de transporte. la instalación de dispositivos para el rastreo y monitoreo de bienes, la fabricación, manufacturación, importación, exportación, venta y comercialización de sistemas de dispositivos de localización, eléctricos, electrónicos y sus componentes en toda clase de bienes.

PROCEDIMIENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

La Compañía realiza la recolección de los Datos Personales a través de los documentos requeridos para vinculación de proveedores, centrales de riesgos; para empleados hojas de vida, referencias laborales y documentos necesarios para vinculación a la seguridad social entre otros.

Los Datos Personales recolectados por la Compañía, son almacenados a través de software debidamente licenciado, el cual es suministrado por proveedores especializados en la materia, con quienes se suscriben acuerdos de confidencialidad para la adecuada protección de la información.

  1. Procedimiento para conocer la información

En aras de proteger y mantener la confidencialidad de los Datos Personales de los Titulares, la Compañía determina que el procedimiento para conocer la información que ésta posee del Titular en sus bases de datos, es el siguiente:

Quién desee conocer la información que la Compañía almacena en sus bases de datos, deberá enviar una comunicación a la dirección:                                                Calle 30 Norte # 2Bis-61, CALI – VALLE DEL CAUCA o al correo electrónico mercadeo@zonar.com.co,  en la cual manifieste su intención de conocer la  información que sobre el Titular se encuentra en las bases de datos de la Compañía e informe una dirección o correo electrónico donde se le  pueda dar respuesta.

Esta comunicación deberá estar suscrita por (i) el Titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente; (ii) los causahabientes del Titular, quienes deberán acreditar tal calidad; (iii) el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento; o (iv) por estipulación a favor de otro o para otro (en adelante y en su conjunto los “Interesados”).

El Área Responsable dará respuesta al Titular o al Interesado, en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma, al correo electrónico o dirección física que haya sido especificado en la solicitud. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al Titular o al Interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en la que se atenderá la consulta, caso en el cual el tiempo de respuesta se extenderá en cinco días hábiles adicionales.

La consulta de la información por parte del Titular o Interesado será gratuita, siempre y cuando sea (i) máximo una vez cada mes calendario, o (ii) se realice con motivo de una modificación sustancial de la presente Política. En caso de que la consulta se haga con una periodicidad mayor a la establecida, la Compañía podrá cobrar al Titular o Interesado los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos, en que haya incurrido para el efecto.

  1. Procedimiento para actualizar, rectificar y suprimir la información – Atención de reclamos.

Los Titulares de los Datos Personales o los demás Interesados, podrán en todo momento, solicitar a la Compañía la actualización, rectificación o supresión de sus datos y/o revocar la autorización del tratamiento por parte de la Compañía de los mismos, mediante la presentación de un reclamo a la dirección,

Calle 30 Norte # 2Bis-61, Cali – Valle del Cauca o al correo electrónico mercadeo@zonar.com.co,  en el cual se indiquen los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección física o correo electrónico en el que se debe dar respuesta, y los documentos que se quiera hacer valer.

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al solicitante dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al solicitante.

Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea resuelto.

El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al solicitante los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Resulta indispensable advertir que la solicitud de supresión de la información y la revocatoria de la autorización, no procederá cuando el Titular tenga un deber legal o contractual con la Compañía.

INFORMACIÓN Y MECANISMOS DISPUESTOS POR TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA COMO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Razón socialTRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.
NIT900.361.602-7
DomicilioCali – Valle del Cauca.
DirecciónCalle 30 Norte # 2Bis-61
Teléfono(2) 641 0990
Áreas encargadasATENCIÓN Y SERVICIO AL CLIENTE
Correo electrónicomercadeo@zonar.com.co,
Página Webhttps://zonar.com.co/

 

ÁREA RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

El área Atención y servicio al cliente, será la encargada de recibir las solicitudes, quejas o reclamos de los Titulares de los Datos Personales o demás Interesados.

Esta área se encargará de realizar el manejo interno que sea necesario a efectos de garantizar una respuesta clara, eficiente y oportuna al Titular del Dato o los demás Interesados.

En todo tiempo el Titular o los Interesados pueden contactarse con estas áreas para ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir los datos y revocar la autorización.

DERECHOS DEL TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES

De conformidad con el art. 8 de la Ley 1581 de 2012, el Titular de los Datos Personales tendrá los siguientes derechos:

  1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables y/o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
  2. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe este requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en esta Política y en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.
  3. Ser informado por el Responsable y/o Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que se le ha dado a sus datos personales.
  4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente;
  5. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato;
  6. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

Los derechos antes mencionados podrán ser ejercidos por el Titular cualquiera de los Interesados.

DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

De conformidad con el art. 17 de la Ley 1581 de 2012, el Responsable del Tratamiento tendrá los siguientes deberes:

  1. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de Habeas Data.
  2. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en esta Política y en la Ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.
  3. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
  4. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  5. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
  6. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a éste se mantenga actualizada.
  7. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento.
  8. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado.
  9. Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.
  10. Tramitar las consultas y reclamos del Titular o los Interesados.
  11. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.
  12. Informar al Titular o a los Interesados, previa solicitud, sobre el uso dado a sus datos.
  13. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
  14. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
VIGENCIA DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO Y DE LAS BASES DE DATOS

La presente Política de Tratamiento de Datos Personales de TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, rige a partir de enero de 2018, igualmente el Tratamiento de los Datos Personales por parte de la Compañía será efectuado  mientras permanezcan vigentes las relaciones contractuales, comerciales o laborales con el Titular, incluido el término requerido para ejecutar la totalidad de las actividades tendientes al cumplimiento de las finalidades del Tratamiento.

No obstante lo anterior, los datos personales deberán ser conservados cuando así se requiera para el cumplimiento de una obligación legal o contractual.

OTRAS DISPOSICIONES
  1. La Compañía, para el Tratamiento de Datos Sensibles, informará a los Titulares de la información: (i) que por tratarse de este tipo de datos, no está obligado a autorizar su Tratamiento e (ii) informará cuáles datos son Sensibles y la finalidad de su Tratamiento.
  2. Para efectos del Tratamiento de Datos Personales de niños, niñas y adolescentes, la Compañía responderá y respetará el interés superior de estos y además, asegurará el respeto de sus derechos fundamentales. Adicionalmente, la Compañía solicitará autorización del representante del niño, niña o adolescente a efectos de efectuar el Tratamiento de sus Datos Personales.
  3. La Compañía recolectará, almacenará, usará o circulará los Datos Personales sobre los que se cuente con la debida autorización, por el término que sea razonable y necesario.

La presente política rige a partir de Enero de 2018.

TRACKING SOLUTIONS T.S.O SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

 NIT. 900.361.602-7

 Calle 30 Norte # 2 Bis – 61, Cali, Valle – Colombia.

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